1. 15 Empresas de Computadoras
importantes dominicana
1)
ABC
Technologic, SRL: Empresa de tecnología establecida en la República
Dominicana especialista en la automatización de procesos empresariales mediante
la ejecución de proyectos llave en mano, asegurando los resultados
comprometidos en términos de funcionalidades, tiempo y presupuesto. Ave. 27 de
Febrero #272,Ens Don Bosco, D.N. Tels: 809-533-5159
2)
Cecomsa. Av.
Tiradentes, Santo Domingo, Tel.809-535-0888
Cecomsa
ofrece servicios de docencia, desarrollo de Sistemas, venta de equipos,
servicios técnicos de reparación de computadoras y afines, instalaciones de
Sistemas de Redes, asesorías de Sistemas, venta de partes y suministros y todo
lo relacionado a este mercado.
3)
ICON Plaza Haddad #202, c/José García Jardines
Metropolitanos,(809) 582-1024
Ingeniería, Computación
& Consultorías, S.A para ayudar a automatizar los procesos de su empresa,
habilitándola a ser más productiva y tomar decisiones más rentables.
4)
Sinergit, S.A,.Polibio Díaz #58 Santo Domingo, Rep. Dominicana T: (809) 368-4000
Implementación de
soluciones informáticas para empresas, incluyendo aplicaciones, hardware,
software y servicios. Centro Autorizado de Servicios HP.
5)
Magycorp, SRL
Cub Scout, No.41, Naco Santo Domingo,809 334 6037
Compañía orientada a
proveer soluciones tecnológicas integradas en las áreas de: aeronáutica,
telecomunicaciones, energía, seguridad y tecnología de información. Diseño,
implementación y mantenimiento de soluciones tecnológicas hechas a la medida.
6)
Multicómputos.: Av. Abraham Lincoln 1007,Santo Domingo,Tel.: 809-540-2846
La más
completa gama de soluciones en tecnologias de informacion, redes, comunicacion
y seguridad.
7)
SIT Corp CxA.: C/ Gardenias Esq. Primavera #12, Sector Gala Santo
Domingo, Tel.: 809.563.5972
Compañía de
La tecnología de la información, la cual provee servicios tecnológicos en el
area de comercio electrónico para la creación de aplicaciones distribuidas como
intranet, extranet e Internet así como también el creciente mundo de
aplicaciones móviles y de contenido interactivo y multimedia.
8)
COSEFI
Av.
Expreso V Centenario Esq. Tunti Cáceres, Edif. 9, Suite 2A. Sector Villa Juana,
Santo Domingo, Tel. 809-536-0289. Empresa cuyo
enfoque centra en la tecnología de la información, especialmente para intermediarios
financieros. Provee servicios a las Cooperativas de Servicios Financieros, así
como Asociaciones de Ahorros y Préstamos, Bancos de Ahorro y Crédito, y ONGs,
permitiéndonos ayudarles a diversificar y mejorar la calidad de los productos y
servicios que ofrecen, y a ser más eficientes operativamente.
9)
COMSESO Calle 13 # 2H Prados del Cachón Santo Domingo
Este (809) 274-5353
Organización
encaminada a dar respuesta a la demanda creciente en nuestro país de servicios
relacionados con la informática. Hemos reunido un equipo de profesionales en el
campo de diversas ramas, capaces de satisfacer sus necesidades, automatizar y
simplificar sus procesos y serle de gran productividad a su negocio.
10)
Xerbit Torre Empresarial Forum, Suite 5C Avenida 27 de
Febrero No. 495 Sector El Millón
Santo Domingo, República Dominicana Tel.: +1-809-334-022. Empresa dedicada a la integración de la tecnología en la cadena de valor de nuestros clientes logrando que la misma sea la base para el éxito y la innovación de su negocio. Nos dedicamos al desarrollo e implementación de soluciones en las áreas de Virtualización, Sistemas de Backup, Sistemas de Monitoreo, Seguridad, Sistemas de Gerencia de Redes, Sistemas de Almacenamiento y Datacenter
Santo Domingo, República Dominicana Tel.: +1-809-334-022. Empresa dedicada a la integración de la tecnología en la cadena de valor de nuestros clientes logrando que la misma sea la base para el éxito y la innovación de su negocio. Nos dedicamos al desarrollo e implementación de soluciones en las áreas de Virtualización, Sistemas de Backup, Sistemas de Monitoreo, Seguridad, Sistemas de Gerencia de Redes, Sistemas de Almacenamiento y Datacenter
11)
Infoservices, SRL: Avenida Winston Churchill Número 1550, Plaza
Orleans local 402 809-379-2096. Empresa especializada en servicios de servidores, redes y comunicaciones
IP con un alto nivel técnico dedicado al crecimiento de su empresa. Le
ofrecemos calidad, cumplimiento, economía, excelente servicio y soluciones
integrales a la medida de cada cliente, analizando las necesidades, prestando
asesoría y proponiendo soluciones eficientes y escalables, que le permitan al
cliente alcanzar un alto nivel de desempeño en sus aplicaciones y procesos
corporativos.
12)
GBM Dominicana: GBM, An IBM Alliance Company, es
una compañía integradora de soluciones, experta en tecnologías de información.
Provee todos los componentes para una infraestructura tecnológica empresarial
con hardware, software y servicios especializados. Avenida J. F. Kennedy No.14,
Ensanche Miraflores, Santo Domingo. (809) 566-5161
13)
J&S Company: Empresa de servicios enfocada en la venta
de equipos de tecnología de la información y las comunicaciones de calidad
mundial. Ave. Bolivar No. 353, Edif. ELAM's II
Suite 4K. Santo Domingo Republica
Dominicana 10205 Tel.(809) 687-2000
14)
Bytes Solutions, S.A.: Empresa cuyo objetivo principal
es proveer de manera profesional e integral Soluciones de Información y
Tecnología a empresas e individuos. Con vasta experiencia en el campo de la
informática, oferta una amplia variedad de servicios para satisfacer sus
necesidades de información con una calidad incuestionable Calle Pedro A. Pérez, antigua calle 10, No.
48, Alma Rosa I,
15)
IC Digital: Empresa de servicios de tecnología,
destinado a solucionar las necesidades de aquellas empresas que requieren de
asesoría externa e implementación de soluciones de negocios. Av. John F.
Kennedy km 7 1/2 Edif. Plaza Compostela, Tel. : (809) 565-9733
2. Codigo de Trabajo, salario,
vacaciones, bonificaciones, horas de trabajo, tiempo de prueba, etc.
El
presente Código tiene por objeto fundamental regular los derechos y
obligaciones de empleadores y trabajadores y proveer los medios de conciliar
sus respectivos intereses. Consagra el principio de la cooperación entre el
capital y el trabajo como base de la economía nacional. Regula, por tanto, las
relaciones laborales, de carácter individual y colectivo, establecidas entre
trabajadores y empleadores o sus organizaciones profesionales, así como los
derechos y obligaciones emergentes de las mismas, con motivo de la prestación
de un trabajo subordinado. No se aplica a los funcionarios y empleados
públicos, salvo disposición contraria de la presente ley o de los estatutos
especiales aplicables a ellos.. Tampoco se aplican a los miembros de las
Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional.
Sin embargo, se aplica a los trabajadores que prestan servicios
en empresas del Estado y en sus organismos oficiales autónomos de carácter
industrial, comercial, financiero o de transporte.
Salario
El monto del salario nominal puede ser
acordado entre las partes y pagado por hora por día, por semana, por quincena o
por mes. El Código de trabajo prohíbe expresamente el pago del salario en
intervalos de tiempo mayores a un mes.
Dicha clasificación de la forma de pago es
importante, ya que determina la fórmula aplicable para determinar el salario
diario promedio de los trabajadores, para calcular los pagos establecidos en el Código
de Trabajo. Sobre el particular, el Reglamento del Código de
Trabajo establece las siguientes reglas:
·
Para los
salarios pagados por hora: se suman
todos los salarios pagados en el último año o fracción de año y se divide entre
el número de horas trabajadas en ese mismo período. El resultado
se multiplica por el número de horas de una jornada normal de
ese trabajador.
·
Para los
salarios pagados por día: se suman
todos los salarios pagados en el último año o fracción de año y el resultado se
divide entre el número de días trabajados en ese mismo período.
·
Para los
salarios pagados por semana: se suman
todos los salarios pagados en el último año o fracción de año y se divide entre
el número de semanas trabajadas en ese mismo período. El resultado se divide
entre 5.5.
·
Para los
salarios pagados por quincena: se suman
todos los salarios pagados en el último año o fracción de año y se divide entre
el número de quincenas trabajadas en ese mismo período.
El resultado se divide entre 11.91.
·
Para los
salarios pagados por mes: se suman
todos los salarios pagados en el último año o fracción de año y se divide entre
el número de meses trabajados en ese mismo período. El resultado se divide
entre 23.83.
·
Para los
salarios pagados por labor rendida:
se suman todos los salarios pagados en el último año o fracción de año y se
divide entre el número de días trabajados en ese mismo período.
Vacaciones
El Código de Trabajo establece que el
trabajador adquiere el derecho a vacaciones cada vez que cumpla un año de
servicio, conforme a la escala siguiente:
·
Un
período de vacaciones de 14 días laborables cada año,después de un trabajo de
uno a cinco años.
·
Un
período de vacaciones de 18 días laborables cada año, después de un trabajo de
más de cinco años.
Si el contrato de trabajo no durase un año
o si terminase con una fracción de año transcurrida, las vacaciones se calculan
en base a la escala siguiente:
·
6
días de vacaciones por más de 5 meses de servicio.
·
7
días de vacaciones por más de 6 meses de servicio.
·
8
días de vacaciones por más de 7 meses de servicio.
·
9
días de vacaciones por más de 8 meses de servicio.
·
10
días de vacaciones por más de 9 meses de servicio.
·
11
días de vacaciones por más de 10 meses de servicio.
·
12
días de vacaciones por más de 11 meses de servicio.
Los trabajadores y los empleadores pueden
pactar de mutuo acuerdo el período de vacaciones, el cual puede ser por un
período completo o fraccionado. El empleador tiene la obligación de fijar y
distribuir las vacaciones de sus trabajadores durante los primeros quince días
del
mes de enero de cada año.
El empleador deberá pagar al trabajador
los salarios que le correspondan a la fecha del inicio de sus vacaciones.
En principio, el derecho a vacaciones no
puede ser objeto de sustitución o compensación alguna. No obstante, en la
práctica es permitido que el trabajador y el empleador acuerden laborar durante
el período de las vacaciones,
retribuyéndole al trabajador el salario ordinario aumentado en un 100% durante
los días que le correspondían a sus vacaciones.
Similar a este caso, si por cualquier
motivo el contrato de trabajo terminase sin que el trabajador haya disfrutado
sus vacaciones, el empleador deberá pagarle al trabajador, conjuntamente con
cualquier otro derecho adquirido, el
importe correspondiente a un día de salario ordinario por cada día de
vacaciones no disfrutado en el año, o la proporción correspondiente a las
fracciones de año.
Bonificaciones
Este beneficio corresponde al 10% de las
utilidades netas anuales de la empresa que los trabajadores reciben después del
cierre del año comercial. Esta utilidad del 10% se distribuye entre todos los
empleados de la empresa con contratos por tiempo indefinido.
Por mandato de la ley, esta participación
no debe exceder de 45 días de salario ordinario para los trabajadores que hayan
laborado por menos de 3 años, y de 60 días de salario para los trabajadores que
hayan laborado por más de 3 años.
Si por cualquier motivo el contrato de
trabajo terminase, las sumas que el empleador deberá pagar al trabajador como
participación en los beneficios de la empresa, será proporcional al salario del
tiempo trabajado.
El pago debe hacerse a más tardar a los
120 días del cierre del año fiscal.
Horas de trabajo
Jornada de trabajo se define como todo el
tiempo que el trabajador no puede utilizar libremente, por estar a disposición
exclusiva del empleador, aún permanezca inactivo si no es producto de su voluntad,
y durante las horas de alimentación si las circunstancias
del trabajo exigen la permanencia del
trabajador en el lugar de trabajo.
Los días declarados no laborables por la
Constitución o las leyes, son de descanso remunerado para el trabajador, salvo
que coincidan con el día de descanso semanal. Cada año, el Ministerio de
Trabajo emite una resolución en la cual identifica cuáles son los días feriados
del año, indicando si procediere algún traslado del día no laborable.
La jornada de trabajo puede ser: a)
diurna, que comprende el trabajo de 7:00 a.m. a 9:00 p.m., y b) nocturna, que
comprende el trabajo de 9:00 p.m. a 7:00 a.m. Un trabajador puede trabajar en
una jornada mixta, que comprende parte de los dos horarios.
El Código de Trabajo establece que la
jornada de trabajo máxima no debe exceder las 8 horas diarias o 44 horas
semanales. No obstante, el Código establece que no están sujetos a esta regla
los trabajadores que actúan como representantes o mandatarios del empleador,
los
que desempeñan puestos de dirección o de
inspección y los trabajadores de pequeños establecimientos rurales explotados
por miembros de una misma familia o por una sola persona, quienes podrán
permanecer por un máximo de 10 horas diarias.
Adicionalmente, el trabajador y el
empleador pueden pactar una tanda extendida, en la cual se establecen jornadas
diarias de un máximo de 10 horas, siempre y cuando la jornada de trabajo no exceda
las 44 horas semanales.
En todo caso, el Código de Trabajo ordena
un descanso semanal ininterrumpido del trabajador de por lo menos 36 horas.
3. 10 tarifas salario de los gerentes
de informática de la región.
1)
IBM
Máximo /RD$90,000.00
2)
Masa
Inernet service /
RD$55,000.00
3)
Gerente
en servicios de inforamcticaRD$40,000.00
4)
Encargado
de Servicios Digitales RD$ 100,000.00
5)
Gerente
de Proyectos RD$ 30,000.00
6)
Gerente
de Desarrollo RD$ 50,000.00
7)
Gerente
Desarrollador de Software RD$85,000.00
8)
Gerente
en Programación web RD$45,000.00
9)
Gerente
en Administrador Infraestructura Red y Comunicaciones RD$70,000.00
10)
Gerente
Analista y Programador RD$65,000.00
4. Cómo funciona la bolsa de valores de la
república dominicana.
Muchas personas tienen el concepto errado que el
Mercado de Valores es solamente para personas con grandes patrimonios pero no es
así. En el Mercado de Valores dominicano existen productos de inversión
que se pueden adquirir con solo RD$1,000. Esto es menos que el monto
mínimo de apertura de muchas de las cuentas de ahorro que se ofrecen en nuestro
país.
El primer paso debe ser acercarse a un Puesto de Bolsa
y abrir una cuenta de Corretaje. Esta cuenta le permitirá acceder a los
productos y servicios del Puesto. Esta cuenta no tiene costo ni de
apertura ni de mantenimiento. Es importante recalcar la importancia de verificar
que el Puesto de Bolsa esté autorizado por la Superintendencia de Valores, ya
que esto será lo único que puede garantizarle al inversionista que estará
invirtiendo en valores de oferta pública autorizados por la Superintendencia, y
que las operaciones del Puesto estén supervisadas debidamente. Los
Puestos de Bolsa son Intermediarios de Valores aprobados por la
Superintendencia los cuales a su vez son miembros de una Bolsa de Valores
Dominicana.
Una vez un inversionista decide abrir una cuenta en un
Puesto de Bolsa, este último debe abrirle simultáneamente una cuenta en
Cevaldom para que las inversiones que realice sean custodiadas en Cevaldom. La
Central de Valores Dominicana (Cevaldom) es una entidad regulada por la
Superintendencia de Valores que se encarga de la administración, registro,
custodia y liquidación de los valores de todos los que participan en el Mercado
de Valores. Cevaldom juega un papel protagónico en todas las operaciones
del mercado de valores ya que en esta entidad es que se realiza la custodia de
todos los instrumentos negociados en nuestro mercado. Su función es vital
para el buen desempeño del mercado ya que separa los Puestos de Bolsa de la
custodia del activo, lo cual brinda mayor seguridad, transparencia, y garantía
al mercado. Aquí el inversionista tiene la seguridad de que sus
inversiones están en custodia de un tercero que no es el Intermediario de
Valores por el cual realizó la inversión.
Antes de iniciar el proceso de inversión, la persona
debe definir su Perfil de Inversionista para conocer el nivel de riesgo que
está dispuesto a asumir, pero más importante aun es conocer el nivel de
conocimiento que tiene de las inversiones. Así mismo, es importante conocer el
objetivo de la inversión. Con esto hago referencia a definir con qué finalidad
invierte los fondos; si son a corto o largo plazo, si busca conservar el
patrimonio o son especulativos, entre otras. Estas preguntas son vitales
para poder seleccionar el producto adecuado.
Un Puesto de Bolsa debe ser capaz de ofrecerle a cualquier
inversionista opciones de inversión a corto y largo plazo, así como inversiones
en pesos o dólares. Si el inversionista conoce bien su perfil y el objetivo de
su inversión, este debería empezar a conocer las características de cada una de
las ofertas que le pone a su disposición el Puesto de Bolsa. Recuerde que un
Puesto de Bolsa únicamente puede ofrecerle opciones de inversiones aprobadas
por la Superintendencia de Valores. Esto le garantiza que las opciones de
productos que puedan ofrecerle, han sido analizadas y han cumplido con ciertos
requisitos que regulan los mismos, y en consecuencia limitan y reducen los
riesgos que pudieran afectar las decisiones tomadas por el inversionista.
5. Cómo
funciona la bolsa de valores de los estados unidos y Europa
En Estados Unidos
Después de abrir una cuenta en una firma de corretaje
el inversionista puede comprar y vender acciones. Ejemplo: un tendero de
Atlanta decide comprar 100 acciones (lote completo) en una orden de mercado que
le entrega a su corredor, y la empresa Z coloca una orden de mercado para
vender 100 acciones. Las órdenes se envían a las firmas respectivas y luego se
transmiten al 1 piso de negociación, donde se encuentran los corredores de piso
que reciben la orden por teles. Después los corredores de piso se dirigen al
puesto de negociación donde se compran y se vendan acciones. En el sitio de
negociación los corredores entran en multitud que tienen orden para comprar
acciones, y empiezan a ofrecer precios. El especialista es el que dirige la
oferta de precios para comprar las acciones. Luego la transacción se imprime en
la cinta del teleimpresor el cual se exhibe en las oficinas de corretaje de
todo el país.
Si no hubiera ninguna oferta para vender acciones, el
especialista hubiera vendido sus acciones de su propia cuenta, y si el corredor
tuviera una orden de venta, el especialista hubiera comprado las acciones para
su propia cuenta y esto se refleja en el libro del especialista. La firma de
especialista siempre debe tener capital suficiente para comprar las acciones,
su responsabilidad es mantener el mercado justo y ordenado, el mantiene
reducida la diferencia del SPREAD, y las fluctuaciones que se presenta. El
especialista es negociante muy parecida a la forma de mercado OTC, un especialista
es una primera figura en una transacción al compra y vender acciones, mientras
que el corredor es un representante del cliente.
OTC: si
se hubiera querido comprar 100 acciones en este mercado la orden se hubiera
enviado al mostrador de esta firma, los individuos que están en el mostrador se
laman: corredores / negociantes, ya que puede actuar como cualquiera de los
dos, dependiendo de las circunstancias. El mercado OTC es el más antiguo y
mayor de los mercados de valores de USA, donde los corredores/ negociantes se
intercomunican a través del sistema NASDAQ y por teléfono. A través de este
mercado se compran y venden todos los bonos federales, estatales, municipales y
corporativos, las nuevas emisiones, acciones de empresas extranjeras.
¿Quiénes compran acciones?
La propiedad de las acciones comunes se dividen en dos
propietarios: la individual e institucional. Se encontró que el accionista
promedio es de 50 años, con educación universitaria y un trabajo profesional y
ético, y habían más mujeres accionista que hombres. Los inversionistas
institucionales han ido remplazando a los individuos. Los mayores
inversionistas institucionales son: fondos pensiones, compañía de inversión,
sin ánimo de lucro, de seguros, las fiduciarias y los bancos mutualistas.
En Europa
La bolsa de
Londres
Fundada en 1801, es una de las bolsas de valores más
grandes del mundo. Su mercado principal incluye actualmente 2.000 compañías
británicas y 500 extranjeras. El índice principal de esta bolsa es el FTSE 100.
El FTSE
100
Es el índice bursátil de referencia en Gran Bretaña.
Está compuesto por las 100 compañías de más alta capitalización de la bolsa de
Londres.
El índice, que nació en 1984, está regulado por el
FTSE Group, una compañía independiente que se originó como una empresa conjunta
entre el diario Finantial Times y la Bolsa de Londres.
Las compañías del FTSE 100 representan el 80% de lacapitalización de
todo el mercado de valores de Londres.
La bolsa de Francfort
Es
la más grande de las siete bolsas que existen en Alemania y una de las de
referencia en el mundo. Francfort aglutina el 90% de las operaciones bursátiles
que se realizan en toda Alemania. Pertenece y es gestionada por Deutsche Borse
AG.
De
las 330 empresas que participan en la bolsa de Francfort unas 160 son
extranjeras.
Además
de la tradicional compraventa de valores en el parqué, la bolsa de Francfort
destaca por su desarrollo del mercado electrónico de valores, que desde 1997
impulsa y lidera mediante la tecnología Xetra.
Desde
entonces la importancia de las operaciones en suelo ha disminuido en Francfort:
con el sistema electrónico Xetra, uno de los líderes de los mercados bursátiles
mundiales, la compraventa tiene lugar donde quiera que haya una pantalla.
El
índice de referencia es el DAX 30, que está formado por las 30
principales compañías de la bolsa de Francfort.
La bolsa de París
Desde el año 2000 la bolsa de París se conoce como
NYSE Euronext o Euronext París. El cambio se dio a raíz de la fusión entre la
Bolsa de Nueva York (NYSE) y Euronext NV, el primer mercado bursátil integrado
de Europa, que en el año 2000 se había formado con la fusión de las bolsas de
París, Bruselas y Ámsterdam.
6. Como se constituye detalladamente
una compañía por acciones y cuanto se paga para hacer estos trámites.
Principales tipos de compañías
en República Dominicana
Sociedad de Responsabilidad Limitada (S.R.L.)
·
Estructura basada principalmente en las
actuales Sociétés à responsabilité limitée francesas, con algunos
rasgos comunes a sus homólogas españolas y a las LLC de los Estados Unidos.
·
La administración está a cargo de uno o más
gerentes.
·
Se forman con un mínimo de dos accionistas y un
máximo de 50.
·
Tendrán un capital social autorizado mínimo de
RD $100,000 pesos.
·
El capital social deberá ser enteramente suscrito y
pagado al momento de su constitución y depositado en una entidad de
intermediación financiera, de manera previa a su matriculación en el Registro
Mercantil.
·
Las cuotas sociales, en principio, no pueden ser
cedidas libremente.
·
La responsabilidad de los socios está limitada al
monto de sus aportes a la sociedad.
·
Forma societaria ideal para la pequeña y mediana
empresa, y los negocios de familia.
Sociedad Anónima (S.A) o
compañías por acciones (C. por A.)
Las Sociedades
Anónimas de Suscripción Privada (S.A.) están reguladas por la Ley 31-11
(antigua 479-08). Aunque el modelo de sociedad anónima era el de uso común en
nuestro país, con la promulgación de la mencionada ley y debido a los cambios
sufridos, la Sociedad Anónima se reservó para negocios de grandes inversiones.
La Ley
establece que el monto de capital autorizado mínimo es de
RD $30,000,000.00 (treinta millones de pesos dominicanos o su equivalente
en moneda extranjera de libre convertibilidad), de estos se suscriben el 10%.
Empresa individual de
responsabilidad limitada
·
Una sola
persona es propietaria de la empresa.
·
Sólo las
personas físicas pueden ser los únicos dueños; les está prohibido a las
personas morales.
·
La
responsabilidad del propietario está limitada al monto de sus aportes a la
empresa.
·
No deben
mantener un capital social mínimo.
·
La
administración está a cargo de un gerente o del mismo propietario, si éste
desea asumir dichas funciones.
·
Forma
societaria ideal para negocios de único dueño.
7. Constituir una compañía por
acciones y traer documentación y folders.
8. Donde sacar el derecho de autor es
decir patente.
La presentación de la
solicitud de concesión de Patente de Invención o de Modelo de Utilidad debe ser
dirigida al Departamento de Invenciones de la Oficina Nacional de la Propiedad
Industrial (ONAPI.Tipo de solicitud: Patente de Invención o Patente de Modelo
de Utilidad.
• Datos de solicitantes e
inventores (nombres completos, nacionalidades, domicilios, teléfonos, etc.). Se
indicará si es sólo solicitante, inventor únicamente o si coincide que es
solicitante e inventor.
• Identificación y
domicilio del representante legal, si lo tuviera. Será necesario nombrar un Representante
siempre que no tenga domicilio en el país, a fin de poder mandarle a este cualquier
tipo de notificación que sea necesaria.
• Título de la invención o
del modelo de utilidad.
• Indicación si se
reivindica derecho de prioridad y los datos de la presentación de la solicitud
de patente extranjera (país, fecha de prioridad y número de solicitud),
igualmente si se hizo una solicitud internacional haciendo uso del Tratado de
Cooperación en materia de Patentes.
• Indicación si se solicita
la conversión de la solicitud de Modelo de Utilidad a Patente de Invención o
viceversa. Se aportarán los datos de la solicitud de Modelo de Utilidad o
Patente de Invención de referencia. El formulario de Solicitud de concesión de
Patente de Invención y de Modelo de Utilidad debe ser llenado de forma
electrónica o con máquina de escribir. No se aceptan formularios completados de
forma manuscrita o que contengan tachaduras.
Deben anexar al formulario de solicitud de concesión de Patente de Invención o Modelo de Utilidad los siguientes documentos:
1- Descripción* de la invención: debe ser clara y completa para que una persona versada en la materia técnica correspondiente pueda ejecutarla. En dos (2) ejemplares.
Deben anexar al formulario de solicitud de concesión de Patente de Invención o Modelo de Utilidad los siguientes documentos:
1- Descripción* de la invención: debe ser clara y completa para que una persona versada en la materia técnica correspondiente pueda ejecutarla. En dos (2) ejemplares.
2- Documento que contenga
una o varias reivindicaciones* que definan las cuestiones sobre las que se
desea obtener un derecho exclusivo. En dos (2) ejemplares.
3- Resumen* de la
invención: conteniendo una síntesis de la descripción y una reseña de las
reivindicaciones, incluirá la fórmula química o dibujo, según corresponda, que
mejor caracterice la invención. En dos (2) ejemplares.
4- Dibujos, listado de
secuencia o nucleótidos: según corresponda y si fuere necesario. En dos (2)
ejemplares. electrónico de la descripción, resumen, reivindicaciones, dibujos y
secuencias o nucleótidos que se aporten en soporte papel.
5- La documentación que
justifique el derecho a hacer la presentación de solicitud de la invención en
caso de que el solicitante no sea el inventor.
6- La copia certificada de
la o las solicitudes de patentes extranjeras correspondientes en los casos en
que se reivindique Derecho de Prioridad, acompañado de su traducción al
español, si estuviese en otro idioma.
7- Certificado de depósito
del microorganismo expedido por la institución depositaria, cuando corresponda.
8- Poder legal otorgado al
representante local, si lo hubiese.
9- Constancia de pago de la
tasa de presentación de la solicitud*.
9. Cuáles son las leyes de derecho de
autor de la república dominicana. (Ley)
Ley No.65-00 del 21 de agosto del 2000, sobre
Derecho de Autor
1. Depósito Legal: Inscripción
obligatoria que deben realizar los autores de obras artísticas o literarias o
sus causahabientes y, en su defecto, los editores o productores de fonogramas y
de obras artísticas o literarias por la Ley No.65-00, en la Oficina Nacional de
Derecho de Autor o excepcionalmente en la Biblioteca Nacional, en casos de
producciones fonográficas o si la obra está publicada en forma impresa. Es un
requisito previo indispensable para proceder al registro.
2. Registro: Inscripción
facultativa u opcional que deben realizar los autores de obras artísticas o
literarias o sus causahabientes y los editores o productores de obras,
interpretaciones, ejecuciones y producciones, incluyendo fonogramas y emisiones
protegidas por la Ley No.65-00, así como las partes intervinientes en los actos
y contratos referidos al derecho de autor y sus derechos afines y las
sociedades de gestión colectiva, en lo que respecta a sus documentos
constitutivos y modificatorios
10. Que Ley avala la carrera de informática en la república
dominicana en las universidades. Quienes la Rigen.
11. Explique detalladamente que es Indotel y cuáles son sus
funciones.
Promover el desarrollo de
las telecomunicaciones, implementando el principio del Servicio Universal
definido por la Ley General de Telecomunicaciones 153-98; Garantizar la
existencia de una competencia sostenible, leal y efectiva en la prestación de
servicios públicos de telecomunicaciones;
Defender y hacer efectivos los derechos de los clientes, usuarios y prestadores de los servicios de telecomunicaciones, dictando los reglamentos pertinentes, haciendo cumplir las obligaciones correspondientes a las partes y, en su caso, sancionando a quienes no los cumplan, de conformidad con las disposiciones contenidas en la Ley y sus reglamentos. Además, también tiene como objetivo, el velar por el uso eficiente del dominio público del espectro radioeléctrico en la República Dominicana.
Defender y hacer efectivos los derechos de los clientes, usuarios y prestadores de los servicios de telecomunicaciones, dictando los reglamentos pertinentes, haciendo cumplir las obligaciones correspondientes a las partes y, en su caso, sancionando a quienes no los cumplan, de conformidad con las disposiciones contenidas en la Ley y sus reglamentos. Además, también tiene como objetivo, el velar por el uso eficiente del dominio público del espectro radioeléctrico en la República Dominicana.
Funciones
- Regular aquellos servicios en los que la
ausencia de competencia resulte perjudicial al usuario;
- Otorgar, ampliar y revocar concesiones y
licencias en las condiciones previstas por la normativa vigente,
permitiendo la incorporación de nuevos prestadores de servicios de
telecomunicaciones;
- Prevenir o corregir prácticas anticompetitivas
o discriminatorias, con arreglo a la Ley y sus reglamentaciones;
- Reglamentar y administrar, incluidas las
funciones de control, mediante las estaciones de comprobación técnica de
emisiones que al efecto se instalen, el uso de recursos limitados en
materia de telecomunicaciones, tales como el dominio público
radioeléctrico, las facilidades de numeración, facilidades únicas u otras
similares;
- Gestionar y administrar los recursos
órbita-espectro, incluida la gestión de las posiciones orbitales de los
satélites de telecomunicaciones con sus respectivas bandas de frecuencias,
así como las órbitas satelitales para satélites dominicanos que puedan
existir y coordinar su uso y operación con organismos y entidades
internacionales y con otros países;
- Dirimir, de acuerdo a los principios de la Ley
y sus reglamentaciones y en resguardo del interés público, los diferendos
que pudieran surgir entre los prestadores de servicios de
telecomunicaciones entre sí y con sus clientes o usuarios;
- Controlar el cumplimiento de las obligaciones
de los concesionarios de servicios públicos de telecomunicaciones y de los
usuarios del espectro radioeléctrico, resguardando en sus actuaciones el
derecho de defensa de las partes;
- Fijar, cuando sea necesario, las tarifas de
servicios al público y los cargos de interconexión, de acuerdo con la Ley
y su reglamentación;
- Administrar, gestionar y controlar el uso del
espectro radioeléctrico, efectuando por sí o por intermedio de terceros la
comprobación técnica de emisiones, la identificación, localización y
eliminación de interferencias perjudiciales velando porque los niveles de
radiación no supongan peligro para la salud pública;
- Aplicar el Régimen Sancionador ante la
comisión de faltas administrativas previstas en la Ley y sus reglamentos;
- Administrar y gestionar los recursos de la
CDT;
- Autorizar a los concesionarios de servicios
públicos de telecomunicaciones que así lo soliciten, a que asuman la
condición de signatarios de organismos internacionales de
telecomunicaciones, de conformidad a las reglas aplicables, y, en su caso,
coordinar la participación no discriminatoria de los concesionarios de
servicios públicos de telecomunicaciones en los organismos internacionales
de telecomunicaciones;
- Aprobar, previa consulta y coordinación con
los interesados, y administrar los planes técnicos fundamentales de
telecomunicaciones que la reglamentación establezca, otorgando plazos
razonables para adecuarse a los mismos;
12. Que colegio agrupa a los ingenieros en sistemas.
Colegio Dominicano De Ingenieros Arquitectos Y Agrimensores
Somos el Colegio Dominicano
de Ingenieros, Arquitectos y Agrimensores (CODIA), entidad de servicio a todos
los ingenieros, arquitectos y agrimensores de la República Dominicana.
Somos una institución avalada por la ley no. 6160, del 11 de Enero de 1963 y acreditado como órgano asesor del Estado.
Somos una institución avalada por la ley no. 6160, del 11 de Enero de 1963 y acreditado como órgano asesor del Estado.
13. Cuáles son los trámites para ingresar a ese colegio.
1-Poseer un título de las
profesiones de ingeniero, arquitecto, agrimensor o profesiones afines
certificadas por la SEESCYT y expedidas por: Una Universidad nacional
reconocida y autorizada
Por cualquier Universidad
extrajera.
2-Poseer el exequátur.
14. Cuáles
son los derechos internacionales de los trabajadores en el área de informática.
.
15. Que son los estándares cobit
El estándar Cobit (Control Objectives for Information and related
Technology) ofrece un conjunto de “mejores prácticas” para la gestión de los
Sistemas de Información de las organizaciones.
El objetivo principal de Cobit consiste en proporcionar una guía a alto
nivel sobre puntos en los que establecer controles internos con tal de:
- Asegurar el buen
gobierno, protegiendo los intereses de los stakeholders (clientes,
accionistas, empleados, etc.)
- Garantizar el
cumplimiento normativo del sector al que pertenezca la organización
- Mejorar la eficacia i
eficiencia de los procesos y actividades de la organización
- Garantizar la
confidencialidad, integridad y disponibilidad de la información
El estándard define el término control como: “Políticas, procedimientos,
prácticas y estructuras organizacionales diseñadas para proveer aseguramiento
razonable de que se lograrán los objetivos del negocio y se prevendrán,
detectarán y corregirán los eventos no deseables”
El estándar Cobit ha definido 13 procesos diferentes:
- DS1 – Definición y
gestión de los niveles de servicio: SLA con usuarios/clientes
- DS2 – Gestión de
servicios de terceros: gestión de las relaciones con proveedores,
valoración del riesgo (non-disclousure agreements NDA), monitorización del
servicio.
- DS3 – Gestión del
rendimiento y la capacidad: planes de capacidad, monitorización del
rendimiento, disponibilidad de recursos.
- DS4 – Asegurar la
continuidad del servicio: plan de continuidad, recursos críticos,
recuperación de servicios, copias de seguridad.
- DS5 – Garantizar la
seguridad de los sistemas: gestión de identidades, gestión de usuarios,
monitorización y tests de seguridad, protecciones de seguridad, prevención
y corrección de software malicioso, seguridad de la red, intercambio de
datos sensibles.
- DS6 – Identificar y
asignar costes
- DS7 – Formación a
usuarios: identificar necesidades, planes de formación.
- DS8 – Gestión de
incidentes y Help Desk: registro y escalado de incidencias, análisis de
tendencias.
- DS9 – Gestión de
configuraciones: definición de configuraciones base, análisis de
integridad de configuraciones.
- DS10 – Gestión de
problemas: identificación y clasificación, seguimiento, integración con la
gestión de incidentes y configuraciones.
- DS11 – Gestión de los
datos: acuerdos para la retención y almacenaje de los datos, copias de
seguridad, pruebas de recuperación.
- DS12 – Gestión del
entorno físico: acceso físico, medidas de seguridad, medidas de protección
medioambientales.
- DS13 – Gestión de las operaciones:
planificación de tareas, mantenimiento preventivo.
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